23. Todo insecto alado que tenga cuatro patas, tendréis en abominación.
24. Y por estas cosas seréis inmundos: cualquiera que tocare a sus cuerpos muertos, será inmundo hasta la tarde:
25. Y cualquiera que llevare algo de sus cuerpos muertos, lavará sus vestiduras, y será inmundo hasta la tarde.
26. Todo animal de pezuña, pero que no tiene pezuña hendida, ni rumia, tendréis por inmundo: cualquiera que los tocare será inmundo.
27. Y de todos los animales que andan en cuatro patas, tendréis por inmundo cualquiera que ande sobre sus garras: cualquiera que tocare sus cuerpos muertos, será inmundo hasta la tarde.
28. Y el que llevare sus cuerpos muertos, lavará sus vestiduras, y será inmundo hasta la tarde: habéis de tenerlos por inmundos.
29. Y éstos tendréis por inmundos de los animales que van arrastrando sobre la tierra; la comadreja, y el ratón, y la rana según su especie,