21. Y al extranjero no engañarás, ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto.
22. A ninguna viuda ni huérfano afligiréis.
23. Que si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor;
24. y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras esposas quedarán viudas, y huérfanos vuestros hijos.
25. Si prestares dinero a algún pobre de los de mi pueblo que está contigo, no serás usurero para con él; no le impondrás usura.
26. Si tomares en prenda la vestidura de tu prójimo, a la puesta del sol se lo volverás: