8. Mas abrirás á él tu mano liberalmente, y en efecto le prestarás lo que basta, lo que hubiere menester.
9. Guárdate que no haya en tu corazón perverso pensamiento, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión; y tu ojo sea maligno sobre tu hermano menesteroso para no darle: que él podrá clamar contra ti á Jehová, y se te imputará á pecado.
10. Sin falta le darás, y no sea tu corazón maligno cuando le dieres: que por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que pusieres mano.
11. Porque no faltarán menesterosos de en medio de la tierra; por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano á tu hermano, á tu pobre, y á tu menesteroso en tu tierra.
12. Cuando se vendiere á ti tu hermano Hebreo ó Hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo año le despedirás libre de ti.
13. Y cuando lo despidieres libre de ti, no lo enviarás vacío:
14. Le abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era, y de tu lagar; le darás de aquello en que Jehová te hubiere bendecido.
15. Y te acordarás que fuiste siervo en la tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató: por tanto yo te mando esto hoy.
16. Y será que, si él te dijere: No saldré de contigo; porque te ama á ti y á tu casa, que le va bien contigo;
17. Entonces tomarás una lesna, y horadarás su oreja junto á la puerta, y será tu siervo para siempre: así también harás á tu criada.