9. Esto comeréis de todos los animales que viven en las aguas: todos los que tienen aletas y escamas en las aguas del mar, y en los ríos, éstos comeréis.
10. Pero todos los que no tienen aletas ni escamas en el mar y en los ríos, así de todo lo que se mueve como de toda cosa viviente que está en las aguas, los tendréis en abominación.
11. Os serán, pues, abominación; de su carne no comeréis, y abominaréis sus cuerpos muertos.
12. Todo lo que no tuviere aletas y escamas en las aguas, lo tendréis en abominación.
13. Y de las aves, éstas tendréis en abominación; no se comerán, serán abominación: el águila, el quebrantahuesos, el azor,
14. el gallinazo, el milano según su especie;
15. todo cuervo según su especie;
16. el avestruz, la lechuza, la gaviota, el gavilán según su especie;
17. el búho, el somormujo, el ibis,
18. el calamón, el pelícano, el buitre,
19. la cigüeña, la garza según su especie, la abubilla y el murciélago.
20. Todo insecto alado que anduviere sobre cuatro patas, tendréis en abominación.
21. Pero esto comeréis de todo insecto alado que anda sobre cuatro patas, que tuviere piernas además de sus patas para saltar con ellas sobre la tierra;
22. éstos comeréis de ellos: la langosta según su especie, el langostín según su especie, el argol según su especie, y el hagab según su especie.
23. Todo insecto alado que tenga cuatro patas, tendréis en abominación.