17. Los ancianos que gobiernan bien, sean tenidos por dignos de doble honor, mayormente los que trabajan en predicar y enseñar.
18. Pues la Escritura dice: No pondrás bozal al buey que trilla; y: Digno es el obrero de su salario.
19. Contra un anciano no admitas acusación sino con dos o tres testigos.
20. A los que persisten en pecar, repréndelos delante de todos, para que los demás también teman.