1. »Si alguien roba un toro o una oveja, y lo mata o lo vende, deberá devolver cinco cabezas de ganado por el toro, y cuatro ovejas por la oveja.
2. »Si a alguien se le sorprende robando, y se le mata, su muerte no se considerará homicidio.
3. »Si se mata al ladrón a plena luz del día, su muerte se considerará homicidio.»El ladrón está obligado a restituir lo robado. Si no tiene con qué hacerlo, será vendido para restituir lo robado.
4. »Si el animal robado se halla en su poder y todavía con vida, deberá restituirlo doble, ya sea que se trate de un toro, un asno o una oveja.
5. »Si alguien apacienta su ganado en un campo o en una viña, y por dejar a sus animales sueltos ellos pastan en campo ajeno, el dueño del animal deberá reparar el daño con lo mejor de su cosecha.
6. »Si se prende fuego en pasto seco, y el fuego se propaga y quema algún trigal, o el trigo ya apilado, o algún campo sembrado, el que haya comenzado el fuego deberá reparar el daño.
7. »Si alguien deja dinero o bienes en la casa de un amigo, y esos bienes le son robados, el ladrón deberá devolver el doble, en caso de que lo atrapen.
8. »Si no se atrapa al ladrón, el dueño de la casa deberá comparecer ante los jueces para que se determine si no dispuso de los bienes del otro.