11. Entonces el vecino tendrá que hacer un juramento en presencia del Señor. Si el Señor confirma que el vecino no robó el animal, el dueño deberá aceptar el veredicto, y no se exigirá ningún pago;
12. pero si efectivamente el animal fue robado, el culpable deberá compensar al dueño.
13. Si un animal salvaje lo despedazó, los restos del animal muerto se presentarán como prueba, y no se exigirá ninguna compensación.
14. »Si alguien pide prestado un animal a un vecino, y el animal se lastima o muere en ausencia del dueño, el que lo pidió prestado tendrá que compensar al dueño en forma total y absoluta;