10. »Ahora supongamos que alguien deja un burro, un buey, una oveja o cualquier otro animal al cuidado de otra persona, pero el animal muere, se lastima o se extravía, y nadie vio lo sucedido.
11. Entonces el vecino tendrá que hacer un juramento en presencia del Señor. Si el Señor confirma que el vecino no robó el animal, el dueño deberá aceptar el veredicto, y no se exigirá ningún pago;
12. pero si efectivamente el animal fue robado, el culpable deberá compensar al dueño.
13. Si un animal salvaje lo despedazó, los restos del animal muerto se presentarán como prueba, y no se exigirá ninguna compensación.
14. »Si alguien pide prestado un animal a un vecino, y el animal se lastima o muere en ausencia del dueño, el que lo pidió prestado tendrá que compensar al dueño en forma total y absoluta;