1. »Cualquiera que se niegue a testificar acerca de un delito del cual es testigo, ya sea porque vio o escuchó, es culpable de complicidad, y deberá pagar por ello.
2. »Cualquier persona que toque algo que es ritualmente impuro, como el cuerpo muerto de un animal prohibido como alimento, salvaje o doméstico, o el cuerpo de un insecto prohibido, es culpable, aun cuando no se haya dado cuenta de que lo tocó.
3. O si toca una impureza humana, de cualquier tipo, quedará impuro en cuanto se dé cuenta de ello.
17-18. »Cualquiera que desobedezca alguna ley de Dios, aun sin darse cuenta, de todos modos es culpable. Entonces deberá llevar al sacerdote un carnero sin defecto, o su equivalente en dinero. El precio será fijado de la misma manera que se hace con el sacrificio por la culpa. El sacerdote, entonces, presentará el sacrificio a favor del que pecó sin darse cuenta, y éste será perdonado.