34. No se permite que los levitas vendan los campos que están alrededor de sus ciudades, porque éstas son posesión permanente de ellos, y no pueden pertenecer a otras personas.
35. »Si su hermano empobrece, ustedes tienen la obligación de ayudarlo, tal como harían con un extranjero; de esa forma él podrá seguir viviendo entre ustedes.
36. Teman a Dios y dejen que su hermano viva con ustedes. No le cobren interés por el dinero que le presten.
37. Recuerden: No le cobren interés. Denle al costo cuanto necesita. No traten de hacer ganancia a costa de su pobreza. Porque yo, el SEÑOR su Dios, los saqué de Egipto, para darles la tierra de Canaán, y para ser su Dios.
39. »Si un israelita empobrece y se vende como esclavo, no deben tratarlo como a un esclavo común,
40. sino como a un servidor a sueldo o como un huésped. Él les servirá solamente hasta el año del jubileo.
41. Entonces, ese año quedará libre junto con sus hijos, y podrá regresar a su familia y a sus posesiones.
42. Yo los saqué de Egipto, y ustedes son mis siervos. Por lo tanto, no podrán venderse como esclavos comunes
43. ni ser tratados duramente. Teman a su Dios.
44. »Sin embargo, pueden comprar esclavos de las naciones que viven a su alrededor,
45. y pueden comprar los hijos de los extranjeros que vivan en medio de su pueblo, aun cuando hayan nacido en su tierra.
46. Ellos serán esclavos permanentes y serán heredados por sus hijos. Pero sus hermanos, miembros del pueblo de Israel, no serán tratados así.
47. »Si un extranjero que vive en Israel se enriquece, y un israelita empobrece y se vende como esclavo al extranjero, o a la familia del extranjero,
48. podrá ser redimido por uno de sus hermanos,
49. por su tío, su sobrino, o cualquier pariente cercano. También puede redimirse a sí mismo, si reúne el dinero.
50. El precio de su libertad se acordará en proporción al número de años que falten para el jubileo, es decir, lo que costaría contratar a un sirviente por ese número de años.
51. Si aún faltan muchos años para el jubileo, pagará la cantidad que recibió cuando se vendió.
52. Si los años han pasado y solamente quedan pocos para el jubileo, pagará solamente una pequeña parte de la cantidad que recibió cuando se vendió.
53. Si se vende a un extranjero, el extranjero deberá tratarlo como a un sirviente a sueldo y no como a un esclavo o a una propiedad suya.
54. »Si al llegar el año del jubileo, el israelita que tuvo que venderse como esclavo no fue rescatado en esta forma, entonces él y sus hijos quedarán libres.