5. Al cabo de los siete días, el sacerdote lo volverá a examinar. Si no ha habido variación en la mancha, ni se ha extendido por la piel, lo aislará otros siete días.
6. Al séptimo día nuevamente lo examinará, y si la mancha de la piel ha disminuido y no se han extendido, el sacerdote lo declarará sano. Era una erupción. Entonces la persona afectada sólo lavará su ropa y volverá a su vida normal.
7. »Pero si la mancha se ha extendido por la piel, después de que la persona fue declarada sana, entonces tendrá que volver a presentase ante el sacerdote.
8. Si al examinar a la persona, el sacerdote descubre que la mancha se ha extendido sobre la piel, entonces la declarará impura. Se trata de un caso de lepra.
11. entonces se trata de un caso de lepra. El sacerdote debe declarar impura a esa persona, pero no tendrá que aislarla para tenerla en observación, porque se ha comprobado definitivamente que se trata de lepra.
12. »Pero si el sacerdote ve que la mancha ha brotado y se ha esparcido por todo su cuerpo, de pies a cabeza,
13. declarará a esa persona sin lepra, porque la mancha se ha vuelto completamente blanca, y no es lepra.
18. »En el caso de que una persona haya tenido un absceso en la piel,
19. y que éste al sanar haya dejado una hinchazón o una mancha blanca o rojiza, deberá acudir al sacerdote para ser examinada.
20. Si el sacerdote ve que la parte afectada está un poco más hundida que el resto de la piel y que el vello del lugar se ha vuelto blanco, la declarará impura, porque ha brotado lepra.
21. Pero si el sacerdote no encuentra vellos blancos en el punto afectado, y éste no parece estar más hundido que el resto de la piel, y si el color es gris, aislará a la persona durante siete días.
22. Si durante ese lapso la mancha se extiende, el sacerdote la declarará leprosa.