13. declarará a esa persona sin lepra, porque la mancha se ha vuelto completamente blanca, y no es lepra.
14-15. Pero si aparece carne viva en algún lugar, la persona será declarada leprosa. Lo comprueba la carne viva.
16-17. Pero si la carne viva se vuelve blanca, la persona enferma acudirá al sacerdote para ser examinada nuevamente. Si el lugar en realidad se ha vuelto completamente blanco, el sacerdote la declarará sin lepra.
18. »En el caso de que una persona haya tenido un absceso en la piel,
19. y que éste al sanar haya dejado una hinchazón o una mancha blanca o rojiza, deberá acudir al sacerdote para ser examinada.
20. Si el sacerdote ve que la parte afectada está un poco más hundida que el resto de la piel y que el vello del lugar se ha vuelto blanco, la declarará impura, porque ha brotado lepra.
21. Pero si el sacerdote no encuentra vellos blancos en el punto afectado, y éste no parece estar más hundido que el resto de la piel, y si el color es gris, aislará a la persona durante siete días.
22. Si durante ese lapso la mancha se extiende, el sacerdote la declarará leprosa.
23. Pero si no parece mayor, y no se ha extendido, se trata solamente de la cicatriz del absceso, y el sacerdote la declarará limpia.
24. »Si alguien se quema en cualquier forma, y la parte quemada se pone de un color blanco rojizo,
25. el sacerdote deberá examinar la parte afectada. Si el vello de aquel lugar se pone blanco, y la parte quemada se ve más hundida que el resto de la piel, es lepra que ha brotado en la quemadura, y el sacerdote deberá declararlo leproso.
26. Pero si el sacerdote ve que no hay vellos blancos y que la mancha no está más hundida que el resto de la piel, y que está disminuyendo, lo aislará por siete días.
27. Al cabo de los siete días lo volverá a examinar. Si la mancha se ha extendido por la piel, el sacerdote lo declarará leproso.
28. Pero si el lugar afectado no se ha extendido, y se ve que ha disminuido, se trata sólo de la cicatriz de la quemadura, y el sacerdote lo declarará limpio.
29-30. »Si una persona, hombre o mujer, tiene una llaga en la cabeza o en el mentón, acudirá al sacerdote para que examine la llaga. Si la llaga parece estar más hundida que el resto de la piel y se encuentra vello amarillento en ella, el sacerdote declarará leprosa a esa persona.