37. Algunos de ellos serán destinados a las más importantes fortalezas reales; otros ocuparán cargos de confianza en el reino. Sus jefes y oficiales serán elegidos de entre ellos y vivirán conforme a sus propias leyes, tal como el rey lo ha dispuesto para Judea.
38. En cuanto a los tres distritos de Samaría incorporados a Judea, quedarán definitivamente anexionados a ella formando una sola administración. Estarán sujetos a la autoridad única del sumo sacerdote.
39. Como donación al Templo de Jerusalén, y para cubrir los gastos de su culto, doy Tolemaida con el territorio que le pertenece.
40. También, del tesoro real, entregaré anualmente la cantidad de quince mil siclos de plata, tomadas del título que mejor convenga.
41. Y todo el excedente, que en los años anteriores no era entregado por los funcionarios, desde ahora será donado para las obras del Templo.