24. entonces el pueblo actuará como juez entre el que causó la muerte y el pariente que quiera vengar a la víctima, según estas reglas.
25. El pueblo deberá proteger de la venganza del pariente al que causó la muerte, y hará que vuelva a la ciudad de refugio donde había buscado refugio. El homicida deberá quedarse allí hasta que muera el sumo sacerdote debidamente consagrado.
26. Pero si sale del territorio de la ciudad de refugio,