51. Al séptimo día examinará la mancha; si se ha extendido en el vestido o tejido, o en el cuero u objeto de cuero, la mancha es de lepra maligna y los objetos son impuros.
52. Así que cualquier objeto que tenga esa mancha será quemado por completo, pues se trata de lepra maligna.
53. Pero si el sacerdote la examina y encuentra que la mancha no se ha extendido,
54. dará orden de que se lave la mancha y se encierre el objeto por siete días más.
55. “Después de lavada la mancha, el sacerdote la examinará. Si ve que la mancha no ha desaparecido, es mancha impura y el objeto debe ser quemado, aun cuando la mancha no se haya extendido, pues se trata de una corrosión, tanto si está por dentro como por fuera.