16. Si algún fiel o alguna fiel tiene viudas, manténgalas, y no sea gravada la Iglesia; a fin de que haya lo suficiente para las que de verdad son viudas.
17. Los ancianos que gobiernan bien, sean tenidos por dignos de doble honra; mayormente los que trabajan en predicar y enseñar.
18. Porque la Escritura dice: No embozarás al buey que trilla; y: Digno es el obrero de su jornal.