27. y el pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre le hallare fuera del término de la ciudad de su acogida, y el pariente vengador {Heb. redentor} de la sangre matare al homicida, no se le culpará a él por su sangre.
28. Pues en su ciudad de refugio habitará hasta que muera el sumo sacerdote; y después que muriere el sumo sacerdote, el homicida volverá a la tierra de su posesión.
29. Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.
30. Cualquiera que hiriere a alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida; mas un solo testigo no hablará contra alguna persona para que muera.
31. Y no tomaréis rescate por la vida del homicida; porque está condenado a muerte; mas indefectiblemente morirá.
32. Ni tampoco tomaréis rescate del que huyó a su ciudad de refugio, para que vuelva a vivir en su tierra, hasta que muera el sacerdote.
33. Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis; porque esta sangre contaminará la tierra; y la tierra no será reconciliada de la sangre que fue derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.