14. el milano, y el buitre según su especie;
15. todo cuervo según su especie;
16. el avestruz, el mochuelo, la gaceta, y el gavilán según su especie;
17. el halcón, la gaviota, la lechuza,
18. el calamón, el cisne, y el pelícano,
19. la cigüeña, el cuervo marino según su especie, la abubilla, y el murciélago.
20. Todo insecto alado que anduviere sobre cuatro patas, tendréis en abominación.
21. Pero esto comeréis de todo insecto alado que anda sobre cuatro patas, que tuviere zancas además de sus patas para saltar con ellas sobre la tierra;
22. estos comeréis de ellos: la langosta según su especie, y el langostín según su especie, y el argol según su especie, y el hagab según su especie.